Os necesitamos
XV HORTALEZA
Ser Socio o Socia
Ser socio o socia de nuestro Club nos identifica a todos con un proyecto común e ilusionante: formar parte activa de una gran familia que nos permite disfrutar del deporte que más nos gusta: el Rugby.
Para que el Club siga creciendo, os necesitamos.
Desde la Junta lo que podemos ofrecer es esfuerzo, trabajo, dedicación y ganas de hacer bien las cosas, y para lograrlo, es imprescindible la participación de tod@s los soci@s, aportando ideas, diferentes puntos de vista, que enriquezcan las iniciativas, aportando la base que da cohesión y sentido a todos los proyectos e ilusiones: los socios y socias del CDE XV Hortaleza Rugby Club.
Un Club fuerte es la unión de muchas piezas: jugadores, dirección deportiva, entrenadores, delegados, gestión, y todas ellas empujando en la melé, porque los socios y socias comparten y apoyan unos objetivos y valores resultado de nuestra historia común.
Como Socio o Socia podrás formar parte de la Asamblea y tendrás estos derechos:
- Contribuir y participar en los objetivos y fines del Club
- Exigir el cumplimiento del estatuto y los reglamentos que lo desarrollan
- Separarse libremente del Club
- Recibir información puntual y veraz de las actividades programadas y demás circunstancias y poder consultar la documentación general del Club
- Expresar libremente su opinión y votar en las decisiones que se adopten en Asamblea General, a excepción de los menores de edad que tendrán voz pero no voto, sin perjuicio de lo dispuesto en los dos artículos anteriores
- Asistir como oyente a las reuniones de la Junta Directiva
- Recurrir a la Junta en caso de menoscabo de un derecho. Este recurso debe ser dirigido al Presidente con una antelación como mínimo de una semana antes de la celebración del acto
Podrán ser socios del Club las personas físicas precisando los siguientes requisitos:
- Solicitar ingreso mediante escrito del interesado dirigido al Presidente. La Junta Directiva podrá aprobar la admisión del solicitante con carácter provisional hasta que la Asamblea General acuerde formalmente a admisión o denegación definitiva
- Los menores de edad civil (18 años) deben adjuntar autorización paterna en el impreso de solicitud
En caso de ser denegada la solicitud de admisión al Club por la Asamblea General, serán devueltas las cuotas de socio aportadas por el aspirante. Esto no será efectivo si la denegación ha sido consecuencia de lo estipulado en el Art. 11 apartado c) del estatuto del Club.
El Socio o Socia perderá esta condición cuando:
- Sea voluntad propia, expresada mediante escrito al Presidente.
- Por el impago de cuotas según el artículo siguiente
- Por el incumplimiento de las obligaciones del estatuto del Club, del reglamento de régimen interior o de reglamento de disciplina.
- Por haber transcurrido dos años desde la solicitud de baja.
- Por defunción.Se dispondrá de 7 días naturales para la liquidación de la cuota transcurrido el plazo establecido o, en su caso, el plazo acordado. Si aconteciese impago el Comité de disciplina actuará en consecuencia, quedando automáticamente eliminados los derechos adquiridos como socio.El impago de otras deudas u obligaciones contraídas con el Club tendrán el tratamiento reglamentado en el artículo anterior con la especialidad de que el incumplimiento por parte del sujeto legitimará a la entidad a emprender las acciones pertinentes para restablecer la situación inicial.
Obligaciones del Socio o Socia:
- Leal observancia de lo establecido en el estatuto y en las demás disposiciones y normas establecidas por el Club
- Acatar los acuerdos del Club y de sus órganos de gobierno
- Abonar las cuotas y demás obligaciones contribuidas con el Club
- Eficaz cumplimiento de las funciones desempeñadas en el Club
Se establece el principio de igualdad de todos los socios conforme al artículo 14 del estatuto. Nadie podrá tener trato favorable en el Club por la obtención de ingresos adicionales.
La Asamblea General es el órgano colegiado supremo de gobierno del Club. Está integrada por todos los socios con derecho a voto. Los demás socios podrán asistir con voz pero sin voto.
La Junta Directiva es el órgano de gobierno de la entidad que ejecuta los acuerdos adoptados por la Asamblea General, ejerciendo asimismo las funciones que los estatutos y demás normas reglamentarias del Club le competen. Los cargos nunca podrán ser retribuidos.
Las decisiones de la Junta de Gobierno serán de carácter obligatorio ya que siempre tenderán al desarrollo y cumplimiento del objeto social del Club. Si algún socio sintiera vulnerados sus derechos por alguna decisión de la Junta Directiva podrá actuar conforme al artículo 10 apartado g) de este reglamento. En caso de persistir la situación se podrá actuar haciendo efectivo lo establecido en el artículo 19 apartado e) del estatuto.
No podrá haber reparto parcial ni total de dividendos de capital social salvo disolución de la entidad y conforme a las disposiciones del estatuto del Club.
A efectos administrativos y reglamentarios el Club abrirá anualmente la temporada el 1 de julio, celebrándose la Asamblea General ordinaria sobre esa fecha.
Ser socio o socia os proporcionará una serie de beneficios y ventajas adicionales:
- Carnet personalizado que te acredita como titular del CDE XV Hortaleza RC.
- Descuentos exclusivos en empresas colaboradoras.
Todo aquel que quiera puede realizar la inscripción a través del siguiente formulario pinchando AQUÍ.